¿Qué pasa después de la audiencia?
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SI el juez firma las órdenes de restricción, LAS TIENE que cumplir.
Si no, lo pueden arrestar.
Si no recibió una copia de las órdenes, pídale una al secretario de la corte.
Si la corte dictó una orden de restricción en su contra, es muy importante que comprenda lo que puede hacer, y lo que no puede hacer.
- Si tiene preguntas cuyas respuestas no puede encontrar en este sitio Web, quizás le convenga consultar con un abogado calificado en estos temas.
Esta sección le dará información sobre de la orden de la corte(s) que ha recibido:
Para obtener información sobre:
- Qué pasa si no cumple con las órdenes de la corte, haga clic aquí.
- Qué pasa si la persona protegida se muda, haga clic aquí.
- Cómo dar por terminada la orden de restricción, haga clic aquí.
- Manutención de los hijos, custodia y visitación de los hijos y/o mediación para la custodia de los hijos, vea las preguntas frecuentes: página de órdenes de restricción/custodia.
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